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CENTRO CULTURAL SAN FRANCISCO SOLANO. INFORME DE LA ASAMBLEA NACIONAL VINCULA AL PRESIDENTE GUILLERMO LASSO CON PARAISOS FISCALES
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 INFORME DE LA ASAMBLEA NACIONAL VINCULA AL PRESIDENTE GUILLERMO LASSO CON PARAISOS FISCALES

PANDORA PAPERS, establece la vinculación de varios políticos latinoamericanos con estructuras societarias y fiduciarias en distintos PARAÍSOS FISCALES. En el caso de Chile, existe una vinculación sobre el patrimonio del Presidente de la República Sebastián Piñera. Este país abrió una investigación por cohecho y delitos tributarios en contra de su primer mandatario; y, la Cámara de Diputados tramitará el día de hoy, 08 de noviembre de 2021, la censura del presidente Piñera, derivada de estos hechos. 

Por otra parte, otro de los involucrados es el Presidente en funciones Luis Abinader de República Dominicana, país en el que también se han iniciado acciones a fin de investigar estas revelaciones. En el caso del Ecuador, la investigación periodística señala que el Banquero Guillermo Lasso Mendoza, Presidente de la República, y su círculo cercano, estarían vinculados a estructuras offshore en PARAÍSOS FISCALES.  

Con este develamiento, basado en documentos filtrados de distintos bufetes de abogados, la Asamblea Nacional del Ecuador resolvió iniciar una investigación sobre la base de los resultados emitidos por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, y encargó a la Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad, realizar esta tarea por considerarla como un hecho que ha “generado seria conmoción social”.

La Comisión de Garantías Constitucionales cumplió con sus obligaciones legales, en el marco de sus competencias, pese a la obstrucción sistemática y reiterada  de  las instituciones del Estado. De igual forma, el Presidente de la República del Ecuador, sus familiares y allegados se negaron a colaborar con este proceso investigativo.

Según el análisis de la información y documentación obtenida por esta Comisión Especializada Permanente, se identificó indicios de vinculación entre el presidente Guillermo Lasso Mendoza, como accionista mayoritario de la Corporación MULTIBG S.A, con el grupo financiero Banco de Guayaquil, actuando como entidad controladora y que agrupa a las siguientes empresas: Corporación MULTIBG, Fideicomiso Mercantil de Administración GLM, Promoquil, Fideicomiso Mercantil de Administración MELM; en este grupo se encuentran BANISI y BANISI HOLDING, todas domiciliadas en Panamá.

Todas las decisiones que ha tomado este grupo económico en materia de inversiones nacionales e internacionales, creación de offshore en paraísos fiscales y creación de fideicomisos en off shore, deben contar, inevitablemente, con el consentimiento y aprobación de Guillermo Lasso Mendoza, por lo que existiría una vinculación del Presidente de la República con estas operaciones.

El informe emitido y aprobado por la Comisión, señala que el grupo económico Banco de Guayaquil- MULTIBG S.A., está constituido por 62 empresas en el país y dos registradas en Panamá. Según los “Pandora Papers”, también estaría relacionada con 22 offshore en paraísos fiscales. Con relación al pago de impuestos del grupo económico, el informe indica que existe una diferencia entre el impuesto a la renta pagado por el Banco de Guayaquil y el que Guillermo Lasso Mendoza declara; mientras que el primero paga un 3,01%, el presidente Lasso cumple con el 30% del impuesto a la renta, esta podría ser precisamente una estrategia que les permitiría la evasión y elusión tributaria.

Estos y otros elementos indicarían que el Presidente de la República estaría incurso en la prohibición establecida en el Art. 4 de la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular efectuada el 19 de febrero de 2017, así como en la inhabilidad establecida en el Art. 7 de la referida ley, para las elecciones generales del año 2021. Estas normas prohíben a una persona ser candidato a un cargo de elección popular, y actuar como tal, si mantiene operaciones en paraísos fiscales.

En el caso ecuatoriano, esta investigación tendría serias repercusiones, puesto que en el 2017 se aprobó mediante Consulta Popular, la prohibición de que ningún funcionario público o candidato tenga bienes o capitales en PARAÍSOS FISCALES; esta disposición, fue normada mediante la Ley de Aplicación de la Consulta Popular del 19 de febrero de 2017 sobre PARAÍSOS FISCALES - Ley del Pacto Ético.

Por otra parte, la Comisión de Garantías Constitucionales analizó también la información del expediente de impugnación de la candidatura del señor Guillermo Lasso, tramitada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral a finales del 2020, la misma  que terminó calificando la candidatura del actual Presidente de la República. En estos archivos se puede evidenciar que ninguna de las instancias electorales realizó una prolija y adecuada investigación. Por el contrario, este expediente evidencia graves fallas en las resoluciones de estos organismos, debido a las relaciones del candidato con empresas y fondos en PARAÍSOS FISCALES, denominados offshore.

Lo referido anteriormente se concatena con la estructuración de BANISI INTERNATIONAL  FOUNDATION en Panamá, que es de propiedad de los 5 hijos del actual Presidente, lo cual es una violación expresa a la disposición del artículo 4 de la Ley de Aplicación de la Consulta Popular de 19 de febrero del 2017 que señala:

Prohibición  de  ocupación  y  desempeño  de  cargos  en  el  sector  público.-  Las personas  señaladas  en  el  artículo  1  de  esta  Ley  no  podrán  ser  propietarios  directos o  indirectos  de  bienes  o  capitales,  de  cualquier  naturaleza,  en  jurisdicciones  o regímenes  considerados  como  paraísos  fiscales.  Tampoco  podrán  ostentar  condición  de directivos  en  sociedades  establecidas,  constituidas  o  domiciliadas  en  tales jurisdicciones  o  regímenes.”      

Las recomendaciones de la Comisión de Garantías Constitucionales contempladas en el informe, tienen como objetivo insistir para que el Presidente del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, comparezca ante el Pleno de la Asamblea Nacional para que entregue información y responda las preguntas que planteen los y las Asambleístas. Además, se exige que en 48 horas las instituciones que no entregaron información la presenten a la Asamblea Nacional; y, una vez, recibida la comparecencia del Presidente de la República y la recepción de la documentación, sea la Comisión de Garantías Constitucionales quien procese y analice la misma y emita un informe a la Asamblea Nacional.